Yopal restringe la circulación de motocicletas en las noches durante dos puentes festivos de noviembre
La medida, establecida mediante el Decreto 150 del 27 de octubre de 2026, aplicará de 10:00 p. m. a 5:00 a. m. en jornadas interrumpidas: las motos podrán circular con normalidad durante el día.
Por Manantial Stereo
Publicado en 28/10/2026 06:26
Casanare

La Alcaldía de Yopal expidió el Decreto 150 del 27 de octubre de 2026, por medio del cual se establece una restricción nocturna para la circulación de motocicletas en todo el municipio, que regirá durante dos puentes festivos de noviembre. La medida se aplicará por jornadas y no de manera continua: de 10:00 p. m. a 5:00 a. m. del día siguiente, mientras que durante el día las motocicletas podrán circular con normalidad.

 

El primer periodo comprende las noches del viernes 30 y sábado 31 de octubre, y del domingo 1 y lunes festivo 2 de noviembre. Cada jornada comenzará a las 10:00 p. m. y terminará a las 5:00 a. m. del día siguiente, y la última finalizará el martes 3 de noviembre. El segundo periodo seguirá el mismo esquema: noches del viernes 13, sábado 14, domingo 15 y lunes festivo 16 de noviembre, hasta las 5:00 a. m. del martes 17.

 

Razones de la medida

 

La decisión se sustenta en las cifras de siniestralidad vial citadas en el decreto. Entre enero y septiembre de 2026 se registraron 45 personas fallecidas en siniestros viales en Yopal. El documento también señala que, durante 2025, 57 de las 69 víctimas fatales eran motociclistas, equivalentes al 82,6 % del total.

 

¿Quiénes están exentos de la restricción?

 

El decreto contempla excepciones para los siguientes grupos, siempre que cumplan las condiciones y presenten los documentos exigidos:

 

- Fuerza pública y autoridades: integrantes de la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial y autoridades de Tránsito y Transporte, así como personal de organismos de emergencia, socorro, prevención y salud.

- Seguridad privada: personal que esté cumpliendo labores para una empresa de seguridad privada y porte el carné, el uniforme definido por la empresa y la autorización vigente de la Superintendencia de Vigilancia.

- Personas con discapacidad y cuidadores: personas cuya condición motora, sensorial o mental limite su movilidad, debidamente acreditadas conforme a la normativa vigente, y cuidadores certificados.

- Servicios domiciliarios: trabajadores que presten estos servicios y porten la identificación que acredite su labor.

 

Controles y sanciones

 

Los agentes de tránsito realizarán controles en todo el municipio para verificar el cumplimiento de la medida. De acuerdo con el decreto, quienes la incumplan podrán recibir un comparendo por la infracción C14 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito.

 

La Alcaldía de Yopal, a través de la Secretaría de Movilidad, invita a la ciudadanía a planear sus desplazamientos, respetar las disposiciones y conducir con responsabilidad durante los próximos puentes festivos.

 

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